Si estás entre las personas que desean adquirir una vivienda, la solución pasa por obtener créditos hipotecarios como una forma de acceder, en condiciones más favorables, en el muy competido mercado inmobiliario. Sin embargo, si estás pensando en un crédito hipotecario, es muy importante que tengas a mano la información necesaria para tomar una decisión correcta y ajustada a tus necesidades.
Es un tipo de producto financiero en el que, básicamente, una entidad financiera concede a una persona el dinero necesario para adquirir un inmueble. Precisamente, el inmueble es el bien que sirve como garantía principal de pago aunque, en otros casos, los bienes de los avalistas de la hipoteca son también una garantía de pago.
¿Quiénes pueden beneficiarse de los créditos hipotecarios?
Los adultos entre 30 y 35 años. De hecho, existen ciertos tipos de financiación, y con condiciones muy favorables, para este sector de la población.
También hay créditos hipotecarios para no-residentes (residentes en el extranjero). Estos suelen ser más estrictos en sus requisitos que los de un residente en España. Se debe demostrar buena capacidad de ahorro para cubrir los gastos y es posible que la financiera exija un 50% del precio de compra-venta del inmueble.
También existe un grupo de créditos hipotecarios reservados a los diferentes estratos colectivos y sociales, como los préstamos hipotecarios para funcionarios, personal de la aviación y empleados de grandes compañías.
-DE PLAZO FIJO: para este tipo de crédito, el interés no varía durante el tiempo establecido para la solvencia. Las cuotas se mantienen constantes durante la vida del préstamo. Esta es una opción válida en aquellos casos en los que la oferta sea lo suficientemente atractiva como para mantener la deuda con el banco por varios años. Sin embargo, te recomendamos revisar detenidamente las condiciones del contrato, ya que las tasas de interés pueden ser altas.
– VARIABLE: en este caso, las cuotas mensuales se mantienen constantes durante los periodos de revisión, pero cambian según el tipo de referencia hipotecaria y cuando se analiza la tasa de interés. En España, este tipo de hipotecas es muy frecuente, con un sistema de amortización de tipo variable.
– MIXTO: también hay una serie de créditos hipotecarios ofertados por algunas entidades bancarias en las que se combinan las características de la hipoteca a plazo fijo con la hipoteca a tipo variable. Estas poseen un porcentaje de interés que varía en función de un referencial.
– CUOTA CONSTANTE: son las más comunes. La suma a pagar se mantiene constante durante el período de revisión del tipo de interés (sistema de amortización francés). En este caso, la cuota se recalcula semestral o anualmente y, por lo general, se compone de una parte de interés y la otra de amortización.
– CUOTA BLINDADA: a pesar de considerarse variable, mantiene una cuota constante durante todo el periodo del crédito, variando solo en el plazo. Si el tipo de interés aumenta, en lugar de subir la mensualidad, aumentará el plazo de pago.
– CUOTA FINAL: es aquella en la que un porcentaje de la deuda pendiente se paga en la cuota final (por lo general sobre un 30%). La cuota resultante termina siendo menor que con el sistema francés, pero genera intereses un poco más elevados.
– INTEREST ONLY: es un tipo de crédito hipotecario poco frecuente en el país en el cual, durante toda su duración, no se amortiza capital y se pagan solo intereses. Cuando acaba el préstamo, el total de la deuda pendiente es la misma que cuando se ejecutó el contrato.
– CUOTA CRECIENTE: en este grupo encontramos aquellos créditos hipotecarios en los que las cuotas crecen en un porcentaje fijo cada año (por lo general, 1 o 2%), aparte de la variación normal de tipo variable de cada revisión. Al principio pagamos menos que en las de tipo constante, pero la cuota tiende a crecer año tras año.